Miguel Concha /II
El 28 de marzo escribí que la situación actual de las radios comunitarias en México pone en evidencia que el Estado no está cumpliendo con sus obligaciones de respetar, proteger y promover el derecho a la libertad de expresión en el país, ni de garantizar el derecho a la información de las comunidades indígenas y los sectores sociales más deprimidos.
La clausura violenta de radios comunitarias, con la utilización de elementos de la Policía Federal y la interposición abusiva de denuncias penales por parte de la Secretaría de Gobernación, es muestra de una política aún más represiva por parte del gobierno en contra de las emisoras comunitarias.
Pues bien, los hechos más recientes demuestran que esa política continúa. Apenas la semana pasada el juez quinto de distrito de lo penal, con sede en Nuevo León, giró una orden de aprehensión en contra de Héctor Camero, integrante de la radio comunitaria Tierra y Libertad en ese estado. Y también la semana pasada la señora Rosa Cruz, de la radio Uékakua en Michoacán, fue citada a comparecer como indiciada por un delito que alcanza hasta 12 años de prisión.
Rosa es una mujer purépecha, artesana, que apenas habla el español, y ha dedicado gran parte de su vida a prestar una labor social en la radio de su comunidad. En el caso de la radio Uékakua no sólo se ha iniciado un procedimiento penal en contra de la señora Rosa, sino que en el momento del cierre de esta emisora de 5 vatios, de la comunidad de Ocumicho, Michoacán, el 29 de enero pasado, los más de 100 elementos policiacos amedrentaron a niños, amenazaron a mujeres con golpearlas, le taparon la boca y le lastimaron la mano a una niña, y una señora fue arrastrada violentamente fuera de la radio.
Hoy la señora Rosa se encuentra ante la obligación de comparecer como indiciada ante el Ministerio Público de la Federación. La persecución penal en contra de las personas que ejercen su derecho a la libertad de expresión en comunidades en situación de vulnerabilidad constituye de hecho una vía excesiva, desproporcionada e innecesaria, sobre todo cuando han demostrado su voluntad de legalidad, y es la misma autoridad la que ha fallado en dar respuesta a sus solicitudes de permiso. Las radios Uékakua y Tierra y Libertad han buscado estar dentro del marco de la legalidad, y a tal efecto han procurado operar con autorización. Sin embargo, las respuestas por parte del Estado mexicano han sido omisas en proporcionarles las vías para operar dentro del marco legal.
La persistencia de las autoridades en la utilización de la legislación penal, en lugar de la administrativa, suficiente para recuperar las frecuencias, y más conforme con los mecanismos internacionales de protección a los derechos humanos en esta materia, constituye la continuidad de una política persecutoria y de criminalización en contra de las radios comunitarias, en casos además en contra de personas en situación de vulnerabilidad, por su situación de pobreza y dificultades para hablar en español.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que los estados deben abstenerse de emplear medios indirectos, como dar trámites a causas penales, para coartar el derecho a la libertad de expresión, y que están obligados a emplear medios razonables, proporcionales y necesarios para analizar la legalidad en el ejercicio de esta prerrogativa.
Según ella los estados deben privilegiar el empleo de medidas no penales, máxime cuando las comunidades que están involucradas en la operación de radiodifusoras tienen fines sociales. Además, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, recomendó legislar en materia de radiodifusión comunitaria y reservar parte del espectro para ellas.
Igualmente, en el Examen Periódico Universal de México frente al Consejo de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas, el gobierno, representado por el secretario de Gobernación, estuvo de acuerdo con las recomendaciones emitidas por la Federación Rusa y los Países Bajos, en el sentido de “llevar a cabo reformas jurídicas para la apertura y transparencia de los medios de comunicación en el país; y revisar la legislación de radio, televisión y medios de comunicación, y el seguimiento de la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para un nuevo marco jurídico que permita la diversidad en los medios de comunicación”.
También vale mencionar que el Estado mexicano ha establecido como una de las líneas de acción en el Programa Nacional de Derechos Humanos (2008-2012): “Promover el reconocimiento jurídico de la radiodifusión comunitaria, así como facilitar su operación y desarrollo a través de los reglamentos y demás normas administrativas”.
Hasta el momento el Estado mexicano no sólo no ha cumplido con estas recomendaciones, sino que el gobierno ha endurecido sus políticas criminalizando a las comunidades que intentan ejercer sus derechos a la libertad de expresión y a la información a través del medio que ha resultado más accesible para ellas hasta ahora: la radio. Con ello, está retrocediendo en lo que ya se había avanzado en esta materia con el otorgamiento de 11 permisos para la operación de radios comunitarias en los años de 2004 y 2005. Urge detener esta política persecutoria y resolver de manera inmediata las solicitudes de permisos pendientes.
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